Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 207 En relación con este supuesto, el artículo 21.1.m) LRBRL atribuye expresamente al alcalde la competencia para adoptar personalmente y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunio público o grave riesgo de estos, las medidas necesarias y adecuadas, de las cuales deberá dar cuenta inmediata al pleno. Ampliaciones de crédito El artículo 178 TRLHL y el artículo 39.1 RD 500/90 las definen como la modificación al alza del presupuesto de gastos, que se concreta en el aumento del crédito presupuestario en alguna de las partidas ampliables relacionadas expresa y taxativamente en las bases de ejecución del presupuesto, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el mismo artículo y en función de la efectividad de recursos afectados no procedentes de operaciones de crédito. Requisitos de tramitación y financiación (art. 39.1, 2 y 3 RD 500/1990) • Solo se pueden declarar ampliables aquellas partidas presupuestarias que correspondan a gastos financiados con recursos expresamente afectados. • La tramitación se regulará por las bases de ejecución del presupuesto. • El expediente habrá de especificar los medios o los recursos expresamente afectados que han de financiar el mayor gasto. • El recurso de financiación ha de estar efectivamente reconocido. • La partida y el concepto presupuestarios han de estar establecidos de forma expresa y taxativa en las bases de ejecución del presupuesto. • El recurso de financiación no ha de provenir de operaciones de endeudamiento. Las bases de ejecución del presupuesto, además, deberían prever la tramitación de los expedientes de ampliación de créditos y el órgano competente para autorizarlos (normalmente, el presidente de la corporación). En la práctica, suele efectuarse en un mismo expediente la autorización del gasto y la ampliación del crédito correspondiente. Transferencia de créditos Su regulación supone un aligeramiento considerable de la gestión presupuestaria. Según el artículo 40.1 RD 500/1990, se define con carácter general como la modificación del presupuesto de gastos mediante la cual, sin alterar la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. Por tanto, se trata de un expediente de suplemento de crédito financiado exclusivamente mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas presupuestarias. Tramitación El artículo 179 TRLRHL dice que las EELL regularán, en las bases de ejecución del presupuesto, el régimen de transferencias, y establecerán, si procede, el órgano competente para autorizarlas.

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