Temari de proves selectives 2024-2025 239 armónicamente con la del gasto presupuestario. Este exceso de financiación afectada solo se puede utilizar para financiar la actuación a que se destina y no para gastos generales. Remanente de tesorería para gastos generales Se configura minorando el remanente de tesorería total en el importe que resulte de la suma de los saldos de dudoso cobro y en el exceso de financiación afectado producido. El remanente de tesorería positivo constituye un recurso para la financiación de modificaciones de crédito. En ningún caso, el remanente de tesorería positivo para gastos generales, tal y como dispone el artículo 104 RD 500/1990, puede formar parte de las previsiones iniciales de ingresos, ni financiar, en consecuencia, los créditos principales del presupuesto de gastos. En caso de que el remanente de tesorería resulte negativo, el artículo 193 TRLHL prevé que el pleno o el órgano competente del organismo autónomo dependiente deberá proceder, en la primera sesión que realice, a la reducción de gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual al déficit producido. La expresada reducción solo podrá revocarse por acuerdo del pleno, a propuesta del presidente y previo informe del interventor, cuando el desarrollo normal del presupuesto y la situación de la tesorería lo permitan. Si la reducción de gastos no resultase posible, se podrá acudir a la concertación de una operación de crédito por su importe, siempre que se den las condiciones del artículo 177.5 TRLRHL (excepcionalmente, con el objeto de financiar nuevos o mayores gastos para operaciones corrientes, expresamente declarados necesarios y urgentes). En caso de no adoptarse ninguna de las medidas previstas, el presupuesto del ejercicio siguiente tendrá que aprobarse con un superávit inicial de cuantía no inferior al déficit. LA CONSOLIDACIÓN PRESUPUESTARIA Dentro de las operaciones de consolidación presupuestaria podemos distinguir dos tipos de consolidación según cuál sea su finalidad: Consolidación de las operaciones internas Como documento anexo al presupuesto general de las EELL, figura el estado de consolidación del presupuesto de la propia entidad, con el de todos los presupuestos y estados de previsión de sus entes dependientes. Este estado de consolidación unificará los presupuestos de los distintos entes que están adscritos o son dependientes de la misma corporación o Ayuntamiento (OOAA, EEPPEE…), consolidándose con el presupuesto general de la corporación y eliminándose las posibles duplicidades que puedan darse entre los mismos, con el fin de ofrecer una visión real de toda la actividad económica financiera de la entidad local con independencia de las formas de gestión de los servicios que hubiera adoptado.
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