Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 43 NORMAS A UTILIZAR - Constitución Española - Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social - Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General - Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local - Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local - Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales - Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal - Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales EL MUNICIPIO: CONCEPTO Y ELEMENTOS Conforme al artículo 137 CE, el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y en las CCAA que se constituyan, mientras que en el artículo 141 se establece, como forma peculiar de la AL, la AL insular (cabildos y consejos). La existencia de estos entes territoriales queda garantizada por la CE, frente al legislador ordinario, a quien corresponde regularlos. Asimismo, pese a que la CE no garantiza su existencia, sí prevé la posibilidad de que se creen agrupaciones de municipios diferentes de la provincia (art. 141.3) o que, mediante la agrupación de municipios limítrofes, los estatutos de las CCAA puedan establecer circunscripciones territoriales propias (art. 152.3). Así pues, puede afirmarse que, cuando se establece la tipología de los entes locales, se distingue entre los entes constitucionalmente garantizados u obligatorios y los entes opcionales, que pueden ser creados potestativamente por las CCAA. En este sentido, el artículo 3 de la LRBRL establece que son EELL territoriales el municipio, la provincia y la isla en los archipiélagos balear y canario. El mismo artículo afirma que (también) gozan de la condición de EELL: • Las entidades de ámbito territorial inferior al municipio instituidas o reconocidas por las CCAA, de conformidad con el artículo 45 de la Ley. • Las comarcas u otras entidades que agrupen distintos municipios, instituidas por las CCAA conforme a esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía. • Las entidades metropolitanas. • Las mancomunidades de municipios.

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