Temari de proves selectives 2024-2025 51 dos de la gestión individualizada del padrón. A tal fin se crea el Consejo de Empadronamiento, como órgano de colaboración entre el Estado y las EELL, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda. En caso de incumplimiento municipal de la obligación de mantener actualizado el padrón, el artículo 60 de la LRBRL posibilita la ejecución sustitutoria estatal (adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la obligación con cargo y en sustitución de las EELL). La Administración General del Estado, en colaboración con los ayuntamientos y las administraciones de las CCAA, confeccionará un padrón de españoles residentes en el extranjero, al que también será de aplicación la LRBRL, y que tiene suma importancia para posibilitar el ejercicio de derecho a voto de los españoles que viven en el extranjero (art. 75 LOREG, recientemente reformada por la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de setiembre, en esta materia). Las personas inscritas en este padrón se considerarán vecinos del municipio únicamente a efectos del ejercicio del derecho a sufragio, sin que en ningún caso constituyan población. Respecto de las altas y las bajas, reguladas en los artículos 70 y ss. del RPDT, cabe destacar que: • Las altas pueden tener lugar por: º Cambio de residencia de la persona, que habrá de solicitar el alta en el padrón por escrito. º De oficio. Los ayuntamientos inscribirán de oficio, como vecinos, a aquellos que vivan habitualmente en su término municipal y no figuren en el padrón (se requiere la audiencia previa del vecino). • Las bajas pueden tener lugar por: º Duplicidades en el mismo padrón. º Inscripción indebida, lo que requiere dar de baja de oficio a los que residan (se exige dar audiencia a la persona interesada). Las certificaciones de empadronamiento serán expedidas por el secretario/a de la corporación, conforme al artículo 61 del RPDT y los artículos 204 y 205 del ROF. También se pueden expedir volantes de empadronamiento como documentos puramente informativos. Finalmente, los ayuntamientos deberán aprobar las revisiones de sus padrones a 1 de enero de cada año y formalizar las actuaciones realizadas durante el ejercicio anterior. Los resultados numéricos de revisión anual se remitirán al INE. DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS El artículo 13 CE establece: “1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título (Título I) en los términos que establezcan los tratados y la ley. 2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23 (participar en los asuntos públicos y acceder a funciones y cargos públicos), salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o por ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.”
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