Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 66 No obstante, la jurisprudencia ha examinado con rigor los supuestos de limitación o restricción de este derecho y ha entendido que el artículo 23.1 CE, al reconocer el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, implica también, en relación con los asuntos públicos municipales, que los concejales tengan acceso a la documentación y datos de que disponga la corporación a la que pertenecen. Asimismo, los miembros de la corporación tienen derecho a obtener copia de la documentación a la que tienen acceso. Esta copia se puede obtener en formato papel o bien en el soporte técnico que permita acceder a la información requerida. • Derecho a retribuciones e indemnizaciones. Los artículos 75 de la LRBRL y 13 del ROF establecen el derecho a percibir retribuciones, ya sea por dedicación exclusiva o parcial, con cargo a los presupuestos de la entidad local, y a ser dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social. Así, tendrán derecho a recibir retribuciones cuando ocupen el cargo en régimen de dedicación exclusiva, lo que impedirá la percepción de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos y empresas que dependen de ellas. Solo los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno. Además, los miembros de las CCLL percibirán indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general a las Administraciones Públicas y las que apruebe el pleno en desarrollo de estas. LOS GRUPOS POLÍTICOS Y LOS CONCEJALES NO ADSCRITOS Según el artículo 73.3 de la LRBRL, a efectos de su actuación corporativa, los miembros de las EELL se constituirán en grupos políticos, en la forma y con los derechos y obligaciones que se establezcan, con excepción de aquellos que no se integren en el grupo político que constituya la formación electoral por la cual fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia, que tendrán la consideración de miembros no adscritos. En relación con su constitución, hay que tener en cuenta lo que establecen el ROF (art. 24 y ss.) y el ROM de cada corporación, si bien el ROM estará a su vez subordinado a lo que establezcan las regulaciones estatal y la autonómica. Una vez constituido el grupo, su régimen interno se regirá por las normas que el propio grupo haya adoptado. La importancia de los grupos políticos en el ámbito municipal se manifiesta, particularmente, en la composición de comisiones informativas. Tanto estas comisiones como otros órganos de estudio, informe y consulta tendrán una composición proporcional a su importancia numérica, y habrá que garantizar, en todo caso, que cada grupo político tenga un concejal, como mínimo, en cada comisión. Por otra parte, el artículo 27 del ROF prevé que, en la medida de las disponibilidades funcionales de la organización administrativa de la entidad local, los diversos grupos políticos dispondrán, en la sede de la misma, de un despacho o local para reunirse de manera independiente y recibir visitas de los ciudadanos. Además, según el artículo 73.3 de la LRBRL el pleno, con cargo a los presupuestos anuales, podrá asig-

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