Temari de proves selectives 2024-2025 195 NORMAS A UTILIZAR - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales - Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las Administraciones Públicas - Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación LAS TASAS Marco normativo En el ámbito de las entidades locales, las tasas vienen reguladas en los artículos 20 a 27 del TRLHL. El TRLHL configura la tasa como un tributo de exacción potestativa, de manera que su establecimiento depende exclusivamente de la voluntad de la respectiva entidad local y únicamente se podrá exigir previo acuerdo expreso de imposición y aprobación de la OF correspondiente. HECHO IMPONIBLE El artículo 20 TRLHL determina que el hecho imponible de las tasas está constituido por: • La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local. • La prestación de un servicio público o la realización de una actividad administrativa en régimen de derecho público de competencia local, cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias: º Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados. A estos efectos, no se considerará voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los administrados: - Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias. - Cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante. º Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente. Así, para exigir una tasa deberá existir una situación de prestación de monopolio “de hecho” por el sector público, es decir, no es necesario que sea la prestación de un servicio reservado, sino que no hay obstáculo para que se pueda prestar en régimen de libre concurrencia, aunque en este momento no se preste efectivamente por el sector privado.
RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=