Temari de proves selectives 2024-2025 220 • Fondo Social Europeo (FSE): se ocupa de la lucha contra el paro, el aumento de las posibilidades de empleo de los trabajadores y la mejora de su nivel de vida. • Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER): tiene como objetivos la competitividad de la agricultura, el medio ambiente y el entorno rural, y la calidad de vida y la gestión de las actividades económicas en las zonas rurales. • Fondo Europeo de Pesca (FEP): promueve acciones estructurales en el sector de la pesca y la acuicultura para garantizar la aplicación de la política pesquera comunitaria. A parte de estos fondos estructurales, existe el Fondo de Cohesión, que tiene como objetivo reforzar la cohesión económica y social de la UE y promover, al mismo tiempo, el desarrollo sostenible. Los ámbitos de intervención del Fondo de Cohesión son los siguientes: • El medio ambiente (en el marco de las prioridades de la política comunitaria de protección del medio ambiente definidas en el programa de política y acción en materia de medio ambiente. En este contexto, el fondo puede actuar también en los ámbitos relacionados con el desarrollo sostenible y el transporte no vinculado con las redes transeuropeas). • Las redes transeuropeas de transportes, en particular los proyectos prioritarios de interés europeo. La financiación a cargo de este fondo queda restringida a los Estados miembros cuyo nivel de vida esté por debajo del 90% de la media de la UE, es decir, a los doce Estados miembros más recientes, además de Portugal y Grecia. España y sus regiones, hasta ahora beneficiarias del Fondo de Cohesión, dejarán gradualmente de serlo. ¿Cómo se aplican y distribuyen los fondos comunitarios entre las regiones y EELL europeos? La jurisprudencia del TC, en particular la referida a la ejecución del Derecho comunitario y la relacionada con la territorialidad de las subvenciones, determina una participación esencial de las CCAA, tanto en la fase de planificación y programación de los fondos estructurales como en la aplicación y seguimiento de los mismos. Actualmente, el acceso de las entidades locales a los fondos comunitarios debe hacerse a través de las CCAA y de las respectivas asociaciones u órganos representativos locales. La definición y materialización de los instrumentos de planificación, programación, proyectos específicos y financiero-presupuestarios deben estar en consonancia y permitir una mayor cooperación de los interlocutores económicos y sociales, y una evaluación participativa, así como garantizar una concertación eficaz teniendo en cuenta el desarrollo sostenible en un marco de transparencia. Es competencia de los respectivos consejos de Gobierno de las CCAA la elaboración y aprobación de los proyectos de los programas operativos en ejecución de los planes regionales, si bien en su elaboración se da audiencia a las corporaciones locales y, en su caso, el consejo económico y social de la respectiva CA. Asimismo, las CCAA, en su ámbito de competencias y en coherencia con lo establecido en los reglamentos comunitarios, realizan informes anuales en los que incluyen un balance de aplicación de los fondos, coordinación de las actuaciones, resultados del seguimiento y repercusión de la aplicación de los proyectos. Finalmente, pese a que no son fondos estructurales, sino creados por la Unión Europea para responder al impacto del COVID-19, hacer mención a los Fondos Next Generation EU (Fondos NGEU). Estos fondos, a partir del año 2020, buscan la recuperación económica postpandemia, pero también van más allá: apuntan a un crecimiento sostenible y resiliente.
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