Temari de proves selectives 2024-2025 74 • Los “consejeros de cuentas” son designados por las Cortes Generales (seis por el Congreso y seis por el Senado) mediante votación por mayoría de tres quintos de cada una de las cámaras, por un periodo de nueve años, entre censores del Tribunal de Cuentas, censores jurados de cuentas, magistrados y fiscales, profesores de universidad y funcionarios públicos pertenecientes a cuerpos para cuyo ingreso se exija titulación académica superior, abogados, economistas y profesores mercantiles, todos ellos de competencia reconocida con más de quince años de ejercicio profesional. El fiscal deberá pertenecer a la carrera fiscal y será nombrado por el Gobierno en la forma determinada en el estatuto del Ministerio Fiscal. • Comisión de Gobierno, constituida por el presidente y los consejeros de cuentas que sean presidentes de sección. Corresponde a la Comisión de Gobierno: º Establecer el régimen de trabajo del personal. º Ejercer la potestad disciplinaria sobre el personal al servicio del Tribunal en los casos de faltas muy graves. º Distribuir los asuntos entre las secciones. º Nombrar a los delegados instructores. º Otras facultades que le atribuya la ley de funcionamiento del Tribunal. • Sección de Fiscalización. Le corresponde la verificación de la contabilidad del sector público y el examen y comprobación de las cuentas que han de someterse a la fiscalización del Tribunal. • Sección de Enjuiciamiento. Se organiza en salas, integradas por un presidente y dos consejeros de cuentas, y asistidas por uno o más secretarios. Resolverán: º Apelaciones contra resoluciones en primera instancia: - Dictadas por los consejeros de cuentas en el juicio de cuentas. - Procedimientos de reintegro por déficit o descubierto contable. º En instancia o por vía de recurso: - Los asuntos que determine la Ley del Tribunal. • Consejeros de cuentas. Son los titulares de los órganos colegiados. • Fiscalía. Es nombrada por el Gobierno.
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