Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 111 LOS SERVICIOS DE PREVENCION Y EXTINCION DE INCENDIOS Según el artículo 26 LRBRL, la prevención y la extinción de incendios son un servicio obligatorio en los municipios de más de 20.000 habitantes. Por tanto, tales municipios deberán prestar, por sí, asociados o a través de las distintas formas de gestión de los servicios públicos locales, dicho servicio, sin perjuicio de que puedan solicitar la dispensa de su prestación, en los términos establecidos en la legislación de régimen local. En caso de dispensa, el servicio será prestado en este municipio, así como en los municipios de menos de 20.000 habitantes, por la Administración de la Comunidad Autónoma respectiva. Funciones Además de la función propia de prevención y extinción de incendios, son igualmente funciones de estos servicios: • La protección, el salvamento y rescate de personas, animales y bienes en todo tipo de emergencias y situaciones de riesgo. • El apoyo y auxilio al ciudadano en cualquier situación de emergencia. • La intervención en operaciones de protección civil, de conformidad con las previsiones de los planes y protocolos operativos correspondientes. • La participación en la elaboración de planes de emergencias. • El estudio e investigación de los sistemas y técnicas en materia de protección contra incendios y salvamento para evitar o disminuir el riesgo de estos u otros accidentes. • La intervención en operaciones de salvamento acuático y subacuático, así como en cavidades o grutas. • La intervención en operaciones relacionadas con el tráfico y accidentes de carretera, ferroviarios o aéreos, incluida la colaboración con los servicios competentes para su restablecimiento. • La intervención en operaciones de rescate y salvamento en el medio natural. • La investigación e información a la autoridad competente sobre las causas, desarrollo y daños de los siniestros en que intervengan. • La adopción de medidas de seguridad, extraordinarias y provisionales, a la espera de la decisión de la autoridad competente, sobre el cierre y desalojo de locales y establecimientos públicos, evacuación de inmuebles y propiedades en situaciones de emergencia, mientras las circunstancias del caso lo hagan aconsejable. • La intervención en las incidencias por ruina, hundimiento o demolición de edificios y deslizamiento del terreno que conlleven riesgos para las personas, animales o bienes. • La realización de las tareas de asistencia técnica sobre evaluación de situaciones y aquellas otras que tengan encomendadas. • La colaboración en la protección del medio ambiente.

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