Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 126 También es importante constatar que en el referido precepto se recogen materias directa o indirectamente relacionadas con el medio ambiente, como la protección de la salubridad pública [art. 25.2.j)], la protección y gestión del patrimonio histórico [art. 25.2.a)], la evacuación y tratamiento de aguas residuales [art.25.2.c)], la infraestructura viaria [art. 25.2.d)], todo lo relacionado con el tráfico de vehículos [art. 25.2.g)], etc. Seguidamente, el artículo 26 LRBRL establece que los municipios, por sí o asociados, tendrán que prestar en todo caso los servicios mínimos obligatorios que se relacionan en función del número de población del municipio: “[…] En los municipios con población superior a 50.000 habitantes, además: transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano”. Según la Sentencia del Tribunal Constitucional 214/89, de 21 de diciembre, la legislación de régimen local, a través de los artículos expuestos, tiene por finalidad “concretar el alcance de la autonomía local desde la perspectiva de las competencias locales”. Ahora bien, la concreción última de las competencias locales queda remitida a la legislación sectorial, ya sea estatal o autonómica, según el sistema constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Será, por tanto, la legislación sectorial dictada en la materia de que se trate la que concrete el alcance de las competencias locales en materia de medio ambiente urbano. La ley sectorial específica sobre la materia la encontramos en la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. En su exposición de motivos, pone de manifiesto que “en el marco de las iniciativas que están siendo puestas en marcha tanto por las Administraciones Públicas españolas como por parte de la Comunidad Europea para alcanzar unos niveles de calidad del aire que no den lugar a riesgos o efectos negativos significativos en la salud humana o el medio ambiente, resultaba evidente que en España era indispensable actualizar y adecuar la capacidad de acción frente a la contaminación atmosférica”. PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Competencias locales en materia de parques y jardines El artículo 25.2 LRBRL establece que el municipio ejercerá, entre otras, competencias en parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales. El artículo 26 LRBRL dispone que los municipios de más de 5.000 habitantes, por sí o asociados, habrán de prestar, en todo caso, el servicio de parque público. La gestión y el mantenimiento de los parques y jardines municipales se ejercerán a través de alguno de los medios de gestión directa o indirecta que prevé el artículo 85 LRBRL: • Gestión por la propia corporación. • Organismo autónomo. • Creación de sociedad municipal de capital íntegramente público. En caso de que la corporación no opte por la gestión directa, acudirá a la externalización de los servicios mediante la utilización del contrato administrativo de servicios, de acuerdo con la LCSP.

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