Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 129 o instalaciones de aire acondicionado, ventilación o refrigeración; o actividades de ocio, espectáculos o recreativas; o sistemas de aviso acústico; o trabajos de limpieza en la vía pública y recogida de residuos municipales; o circulación de vehículos a motor y motocicletas. • Las entidades locales también pueden establecer líneas de ayuda para promover la adaptación de las actividades e instalaciones a las limitaciones legales. • Las entidades locales deben elaborar cada cinco años mapas estratégicos de ruido de aglomeraciones urbanas. • Corresponde a los ayuntamientos la inspección y control de la contaminación acústica de las actividades, los comportamientos ciudadanos, la maquinaria y los vehículos a motor, así como la actividad sancionadora en los mismos casos. Infracciones y sanciones Sin perjuicio de las infracciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos, las infracciones administrativas relacionadas con la contaminación acústica se clasifican en muy graves, graves y leves. Las ordenanzas locales podrán tipificar infracciones en relación con: a) El ruido procedente de usuarios de la vía pública en determinadas circunstancias. b) El ruido producido por las actividades domésticas o los vecinos, cuando exceda de los límites tolerables de conformidad con los usos locales. Las posibles infracciones pueden ser sancionadas con multa de hasta 300.000 euros y clausura definitiva, total o parcial, de las instalaciones que den lugar a la infracción. Las ordenanzas locales podrán establecer como sanciones, por la comisión de infracciones previstas por aquellas, las siguientes: • Multas. • Suspensión de la vigencia de las autorizaciones o licencias municipales en las que se hayan establecido condiciones relativas a la contaminación acústica por un periodo de tiempo inferior a un mes. Contaminación atmosférica La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, establece que corresponde a las corporaciones locales en su ámbito territorial respectivo: • Aprobar las ordenanzas correspondientes o bien adaptar las ya existentes, de acuerdo con las finalidades y las medidas previstas en la Ley 22/1983.

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