Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 65 NORMAS A UTILIZAR - Constitución Española - Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana LAS POLÍTICAS MUNICIPALES DEL SUELO Y VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PÚBLICA Sobre la base del artículo 47 CE, los poderes públicos intervienen en el mercado de suelo y vivienda a través de una serie de instrumentos previstos para regular una rama tan importante del Derecho urbanístico. Según dispone el artículo 47 CE, todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. El Derecho urbanístico ha previsto distintos instrumentos de intervención administrativa de los poderes públicos para regularizar el mercado de suelo y vivienda, permitiendo el acceso a la vivienda en precio intervenido, así como otras finalidades y destinos de carácter público orientados a facilitar la ejecución del planeamiento territorial y urbanístico. Régimen jurídico El sistema de fuentes aplicable a esta institución jurídica es el siguiente: a. La normativa estatal se constituye actualmente por los artículos 51 y 52 del TRLSRU. b. En lo que respecta al Derecho urbanístico autonómico, la totalidad de las Comunidades Autónomas ha acogido esta figura dentro de la actividad de intervención administrativa en mercado de suelo y vivienda. Finalidad El patrimonio público de suelo es un instrumento que tiene por finalidad la regulación del mercado de terrenos, obtener reservas de suelo para actuaciones de iniciativa pública y facilitar la ejecución de la ordenación territorial y urbanística, de acuerdo con la legislación del Estado en materia de suelo. En coherencia con la definición anterior, conforme al artículo 51 TRLSRU y la legislación urbanística autonómica, son cuatro las finalidades esenciales de los patrimonios públicos de suelo: • Regularizar el mercado de terrenos con la finalidad esencial de intervenir en el precio de la vivienda. • Facilitar el acceso de la vivienda mediante la implantación de viviendas de protección pública. • Obtener reservas de suelo para actuaciones de iniciativa pública. • Facilitar la ejecución de la ordenación territorial y urbanística.

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