Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023-2024 191 • En las contingencias profesionales, los tipos varían según el grado de siniestralidad de las actividades pro- ductivas, de acuerdo con un baremo establecido reglamentariamente. Aplicando el tipo que corresponde a la base se obtiene una cuota, denominada prima , que paga exclusivamente el empresario y que ingresa en la TGS junto con el resto de cuotas. ENTIDADES GESTORAS Y SERVICIOS COMUNES El artículo 41 de la CE encarga a los poderes públicos el mantenimiento de la Seguridad Social, lo que signi- fica que estos han de asumir su gestión y financiación. Como el artículo 149.1.17 reserva al Estado todo lo relativo al régimen económico de la Seguridad Social, el TC ha considerado (STC 124/1989, de 7 de julio) que la gestión económica (esencialmente el cobro de las cotizaciones y el pago de las prestaciones) es competencia del Estado. Ahora bien, el Estado no efectúa esta gestión por sí mismo, sino por medio de unos organismos autónomos denominados “Entidades gestoras de la Seguridad Social” por la norma que los crea, el Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre, sobre Gestión Institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo, hoy derogado casi totalmente pero cuyo contenido se recoge en los artículos 57 a 66 de la LGS. La más importante de estas entidades es la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que no solo recauda todas las cuotas y paga todas las prestaciones —en aplicación de los principios de solidaridad fi- nanciera y unidad de caja—, sino que además lleva el registro de inscripciones de empresas y afiliaciones y altas y bajas de trabajadores. Junto con esta entidad hay un conjunto de entidades gestoras especializadas en la gestión de las prestacio- nes específicas: • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INS), regulado por el Real Decreto 2583/1996, de 13 de di- ciembre, que reconoce el derecho a las prestaciones económicas contributivas, excepto las de desem- pleo. • El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGS), instaurado mediante el Real Decreto 840/2002, de 2 de agosto (derogado por el Real Decreto 1083/2003, de 19 de agosto, que establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo) —con carácter residual— para la administración y gestión de los servicios sanitarios. • El denominado antiguamente Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) y actualmente Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), regulado por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establecen la estructura orgánica y las funciones del Instituto de Mayores y Servicios Socia- les. En cuanto a las prestaciones por desempleo —tanto del nivel contributivo como del asistencial—, el Real Decreto Ley 36/1978 se las encomendó al Instituto Nacional de Empleo (INEM), denominado Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desde la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, un ente que tiene asignadas también funciones de política de empleo y que, por tanto, no recibió el nombre de entidad gestora de la Seguridad Social, sino de organismo autónomo de carácter administrativo. Finalmente, hay entidades encargadas de gestionar algunos regímenes especiales: el Instituto Social de la Marina gestiona el de los trabajadores del mar, mientras que los de los funcionarios públicos los gestionan las respectivas mutualidades: la Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado (MUFACE), la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).
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