Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023-2024 271 Los conocimientos que deben disponer los directivos son, entre otros: procedimiento administrativo, contra- tación pública, gestión de personal, gestión presupuestaria, historia de las ideas políticas, historia de la Ad- ministración pública, sociología administrativa, simplificación administrativa, racionalización administrativa, reforma administrativa, definición, seguimiento y evaluación de políticas públicas. Personas concretas, con perfiles determinados y conocidos por la organización. Este principio exige la aplicación en la Administración pública de técnicas de gestión de personal que per- mitan conocer el currículum profesional de cada funcionario y de su actualización permanente para poder ubicarlo en el lugar que mejor pueda servir objetivamente el interés general en cada unidad u organización administrativa. Al mismo tiempo, es necesario una política clara de «apoyo social», es decir, la existencia de un servicio de asistencia EL DIRECTIVO PÚBLICO LOCAL En los Gobiernos y AALL el personal directivo juega un papel fundamental, pues la cercanía y proximidad de sus actividades y de los servicios que prestan a los vecinos exige una especial eficacia, eficiencia y servicio en su labor cotidiana. A partir de la Ley de 16 de diciembre de 2003, de Medidas para Modernización del Gobierno local y, especial- mente, del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal directivo en los Gobiernos y Administraciones locales haya sido considerado como un aspecto esencial y estratégico para la mejora del funcionamiento y organización de dichos Entes. El personal directivo local se rige por las disposiciones del TREBEP, en particular por su artículo 13, como normativa básica en materia de empleo público de todas las AAPP, incluida la local. Es decir, la designación del personal directivo local atenderá a principios de mérito y capacidad y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 del TREBEP. El régimen del personal directivo en términos generales, es el de personal laboral estará sujeto a relación laboral especial de alta dirección. Mención especial cabe hacer a la introducción del Título X en la LRBRL “Régimen de los municipios de gran población”, que introduce una organización propia y diferenciada para estos Ayuntamientos, respecto el ré- gimen ordinario de organización. En particular, y para el tema que nos ocupa, dicho régimen de organización en los Ayuntamientos de municipios de gran población prevé la existencia de órganos directivos. En los Municipios sujetos al régimen de gran población: 1. Son órganos superiores y directivos municipales los siguientes: A) Órganos superiores: a) El Alcalde. b) Los miembros de la Junta de Gobierno Local.
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