Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023- 2024 44 2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los prin- cipios constitucionales expresados, así como los establecidos a continuación: • Publicidad de las convocatorias y de sus bases. • Transparencia. • Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. • Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. • Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. • Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección. ”. A continuación, los arts. 56 a 61 TREBEP regulan los requisitos generales para el acceso al empleo público, los órganos de selección y los sistemas selectivos. De acuerdo con el art. 62 TREBEP, se adquiere la condición de funcionario de carrera: • Superando las pruebas selectivas y los cursos de formación preceptivos, si procede. • Siendo nombrado por órgano o autoridad competente, que será publicado en el diario oficial corres- pondiente. • Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de autonomía correspondiente y del resto del ordenamiento jurídico. • Tomando posesión en el plazo que se establezca. Por lo que respecta a los entes locales, el art. 91.2 LRBRL dispone: “ La selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, ha de realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición, o concur- so-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. ”. REQUISITOS Para tomar parte en un proceso selectivo cualquier persona ha de reunir unos requisitos determinados por las leyes y los reglamentos. Estos requisitos son susceptibles de verificación en una fase previa, al margen de la evaluación que haga de ellos el órgano técnico, por lo que han de ser objeto de justificación documental por parte de los candidatos ante la autoridad convocante del proceso selectivo como condición de admisión a la realización de las prue- bas selectivas. Como se ha dicho anteriormente, el art. 56 TREBEP establece los requisitos generales de acceso a un puesto de trabajo en la Administración pública:
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