Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023- 2024 46 de titulación exigida será genérico (Administración general) o se exigirá una de específica (Adminis- tración especial). 2 De acuerdo con la Disposición Transitoria 3ª TREBEP, hasta que no se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios para el acceso a la función pública seguirán siendo válidos los títulos univer- sitarios vigentes a la entrada en vigor del EBEP. • Otros requisitos . Además de los requisitos anteriormente establecidos con carácter general, en determinados puestos se establecerán otros distintos siempre que estén en relación con los principios de mérito y capacidad, las exigencias del puesto y no tengan carácter discriminatorio. El artículo 56.3 TREBEP permite exigir otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desarrollar. Órganos de selección Un de los hilos conductores que inspiran la regulación sobre esta materia en el TREBEP es, fundamental- mente, el reconocimiento de los principios de profesionalidad y discrecionalidad técnica de los órganos de selección. En este sentido, el artículo 60 TREBEP determina que la composición de tales órganos de selección se ajus- tará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, precisiones que comportan como consecuencias otras determinaciones: • Se recogen las previsiones introducidas por la Ley Orgánica para la Efectiva Igualdad de Mujeres y Hom- bres, que exige que en su composición se deba procurar la paridad entre unas y otros. • No podrán formar parte de los mismos el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos, ni el personal eventual. • Podrán formar parte los delegados sindicales y los miembros de órganos de representación unitaria, si bien a título individual y no en representación del sindicato o del órgano representativo. Cuando se trata de personal laboral, el art. 61.7 TREBEP deja a la negociación colectiva la concreción de la actuación de las organizaciones sindicales en los órganos de selección en los procesos correspondientes. En concreto, se exige: • Grupo A, dividido en dos subgrupos A1 y A2. Para el acceso a estos cuerpos o escalas se exige estar en posesión del título universitario de grado. Si una ley específica exige algún otro título universitario, sería este el que se tendría en cuenta. • Grupo B. Para el acceso a cuerpos o escalas del grupo B se exigirá estar en posesión del título de técnico superior. • Grupo C. Dividido en dos subgrupos, C1 y C2. Para el acceso al grupo C1 se exige el título de bachiller o técnico; para el acceso al grupo C2 se exige el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
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