Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023- 2024 54 • Cuando adquieran la condición de funcionarios al servicio de organizaciones internacionales. • Cuando sean designados asesores de los grupos parlamentarios de las Cortes Generales o de las asam- bleas legislativas de las comunidades autónomas. • Cuando sean activados como reservistas voluntarios para prestar servicios en las fuerzas armadas. Servicio en otras administraciones públicas De acuerdo con el art. 88 TREBEP, los funcionarios de carrera que, en virtud de los procesos de transferencia o por procedimientos de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en una administración pública diferente, serán declarados en la situación de servicio en otras administraciones públicas. Se mantendrán en esta situación, aunque por disposición legal de la Administración a la cual accedan se integren como perso- nal propio de esta. Los funcionarios de carrera en la situación de servicios en otras administraciones públicas que se encuentren en esta situación por haber obtenido un puesto de trabajo mediante los sistemas de provisión previstos en el Estatuto se rigen por la legislación de la Administración a la cual estén destinados de forma efectiva, pero conservan su condición de funcionario de la Administración de origen y el derecho a participar en las con- vocatorias para la provisión de puestos de trabajo que se efectúen por esta última. El tiempo de servicio en la Administración pública en la cual estén destinados computará como servicio activo en su cuerpo o escala de origen. Excedencia . De acuerdo con el artículo 89 TREBEP, la excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las si- guientes modalidades: a. Excedencia voluntaria por interés particular. Los funcionarios de carrera podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan prestado servicios efectivos en cualquiera de las administraciones públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores. La concesión de excedencia voluntaria por interés particular quedará subordinada a las necesidades del servicio, debidamente motivadas (la jurisprudencia ha asentado en alguna ocasión el criterio de acuerdo con el cual la regla general ha de ser la concesión de la excedencia y su excepción la denegación). b. Excedencia voluntaria por agrupación familiar. Podrá concederse la excedencia voluntaria por agrupación familiar, sin el requisito de haber prestado ser- vicios efectivos en cualquiera de las administraciones públicas durante el periodo establecido, a los funcio- narios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desarrollando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las administraciones públicas, organismos públicos y entidades de derecho público dependientes o vinculadas a los mismos, en los órganos constitucionales o del Poder Judicial y en órganos similares de las comunidades autónomas, así como en la Unión Europea o en organizaciones internacionales. c. Excedencia por cuidado de familiares. Los funcionarios de carrera tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción o acogida permanente o preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
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