Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023-2024 55 También tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años, para atender el cuidado de un familiar que se halle a su cargo, hasta el segundo grado (incluido) de consanguinidad o de afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no se pueda valer por sí mismo y no desarrolle actividad retribuida. d. Excedencia por razón de violencia de género. Las funcionarias víctimas de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asis- tencia social íntegra, tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia sin que deban haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y sin que les sea exigible un plazo de permanencia en la misma. e. Excedencia voluntaria. Significa el cese temporal de la relación de trabajo sin derecho a percibir ningún tipo de retribuciones ni re- serva de plaza. La excedencia voluntaria se puede conceder, normalmente a petición del funcionario, en los siguientes casos: o Por interés particular. o Por incompatibilidades. Se concede si los funcionarios públicos se encuentran en situación de servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones públicas o pasan a prestar ser- vicios en organismos o entidades del sector público, siempre que no les corresponda quedar en otra situación y excepto que hayan obtenido la autorización pertinente de compatibilidad. o Excedencia voluntaria incentivada. El Gobierno puede aprobar medidas específicas para incentivar la excedencia voluntaria. Supuestos de excedencia voluntaria que tienen por finalidad conciliar la vida personal y familiar con la vida laboral: o Excedencia voluntaria para cuidar de un hijo. Se puede solicitar en cualquier momento a partir del naci- miento o de la sentencia o resolución judicial de constitución de la adopción o acogida. o Esta excedencia tiene una duración máxima de tres años, a contar de la fecha del nacimiento o de la sentencia o resolución judicial en el caso de acogida o adopción. o Excedencia voluntaria para cuidar de familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (incluido). Puede ser otorgada por un periodo mínimo de tres meses y un máximo de tres años. o Excedencia voluntaria para el mantenimiento de la convivencia. Se puede solicitar, por una duración mínima de dos años y máxima de quince, si el cónyuge o el conviviente ha de residir en otro municipio porque ha obtenido un puesto de trabajo estable. o Excedencia voluntaria por violencia de género. Se otorga a las mujeres víctimas de la violencia de gé- nero, por el tiempo que soliciten. Si una vez finalizada la causa que ha originado la declaración de excedencia voluntaria la persona afectada no solicita el reingreso en el plazo de un mes, se declara de oficio la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

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