Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 66 a.2 . Trienios. Los trienios consisten en una cantidad igual para cada grupo por cada tres años de servicio en el cuerpo o escala, clase o categoría. La cuantificación de los trienios debe hacerse de acuerdo con las circunstancias del cuerpo o grupo al cual pertenece el funcionario en la fecha en que se devenga y se incorpora a partir de este momento en su nómina con carácter permanente. Respecto del régimen de devengo y pago de trienios habrá que tener presente lo que dispone la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración pública. a.3. Pagas extraordinarias. Las pagas extraordinarias serán dos, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones bási- cas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, excepto aquellas a que se refieren los aparta- dos c y d del artículo 24 (retribuciones complementarias relativas al grado de interés, iniciativa o esfuerzo y rendimiento o resultados, y servicios extraordinarios, respectivamente). Estas, con la aplicación del EBEP han de alcanzar gradualmente el importe de una mensualidad íntegra de las retribuciones de cada funcionario, incluidas las retribuciones complementarias de carácter fijo. Transitoriamente serán dos al año por un importe, cada una, de una mensualidad del sueldo y los trienios más el 100 % del complemento de destino mensual que perciba el funcionario, y se devengarán los meses de junio y diciembre. b. Retribuciones complementarias. El art. 22.3 del TREBEP dice que “ Las retribuciones complementarias son las que retribuyen las caracterís- ticas de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. ”. En el ámbito local, la aprobación de las retribuciones complementarias que corresponden a cada puesto de trabajo es una atribución del ayuntamiento en pleno (art. 22.2.i de LRBRL), que habrá de reflejarla en la relación de puestos de trabajo. Clases de retribuciones complementarias: Complementos de destino, específico, de productividad y las gratificaciones por servicios extraordina- rios. b.1. Complemento de destino. Es el que corresponde al nivel del puesto que se desarrolla. El art. 24.a TREBEP regula un concepto similar al referirse a la progresión alcanzada por el funcionario dentro del sistema de carrera administrativa. b.2. Complemento específico. Es el que se destina a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo, en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad.

RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=