Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 68 • Si estuviesen prestando servicios remunerados en la Administración mientras duren las prácticas, habrán de optar entre: o Percibir una remuneración por el mismo importe de las que las correspondería en el puesto de trabajo de origen, con cargo al organismo público al cual estén adscritos los puestos de trabajo. o Percibir una remuneración por el mismo importe del sueldo y las pagas extraordinarias correspondien- tes al grupo en que se clasifique el cuerpo o escala al cual aspiren a ingresar. Otros conceptos retributivos: indemnizaciones y asistencias. A) Indemnizaciones. Los funcionarios percibirán las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio (art. 28 TREBEP). Las indemnizaciones del personal al servicio de las administraciones públicas, mientras no se recojan en la ley autonómica que prevé el TREBEP, se regulan en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Supuestos que dan lugar a indemnizaciones: • Comisiones de servicio establecidas con carácter obligatorio por la Administración —no a petición del funcionario— fuera del término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que desarrollen las actividades del puesto de trabajo habitual. • Residencia eventual. • Desplazamientos dentro del término municipal por razón del servicio. • Traslado de residencia. B) Asistencias. Se distinguen tres casos: • Concurrencia a las reuniones de los órganos colegiados de la Administración. No se pueden percibir por las asistencias importes anuales superiores al 40% de las retribuciones, exclui- das las de carácter personal derivadas de la antigüedad que correspondan anualmente por el puesto de trabajo principal. • Participación en tribunales de oposiciones y concursos. No podrá percibirse por este concepto un importe total por año natural superior al 20% de las retribucio- nes anuales. • Colaboración con carácter no permanente ni habitual en institutos o escuelas de formación y perfecciona- miento del personal al servicio de las administraciones públicas. No podrá percibirse por cuantía superior al 25% de las retribuciones anuales que correspondan al colabo- rador por el puesto principal.

RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=