Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 90 • Promoción interna a otras subescalas. Los funcionarios de la subescala de Secretaría-Intervención podrán promocionar a las subescalas de Secretaría y de Intervención-Tesorería mediante la superación de los correspondientes procesos selec- tivos. En las convocatorias se podrá establecerse la exención de las pruebas encaminadas a acreditar los conoci- mientos ya exigidos para el acceso a la subescala de Secretaría-Intervención, pudiendo valorarse los cursos y programas de formación superados. Los funcionarios pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención deberán, en todo caso, tener dos años de servicio activo en la subescala. • Primer destino En la misma resolución en la que se efectúen los nombramientos como funcionarios de la subescala y cate- goría correspondiente se asignará a los funcionarios nombrados un primer destino. Este destino tendrá carácter definitivo, y en él se deberá permanecer mínimo de dos años para volver a con- cursar o solicitar un nombramiento provisional, sin perjuicio de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 49.3 RFHN. FUNCIONES Los puestos de trabajo reservados a FHN se clasifican de acuerdo con las siguientes normas: 1. Secretarías Los puestos de trabajo de Secretaría de las EELL serán clasificados por las Comunidades Autónomas, en alguna de las siguientes clases: a) Clase primera: Secretarías de Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, Ayuntamiento de capitales de provincia y Ayuntamiento de municipios con población superior a 20.000 habitantes b) Clase segunda: Secretarías de Ayuntamiento de municipios cuya población está comprendida entre 5.001 y 20.000 habitantes, así como los de población inferior a 5.001 habitantes, cuyo presupuesto supere los 3.000.000 de euros. c) Clase tercera: Secretarías de Ayuntamiento de municipios de población inferior a 5.001 habitantes cuyo presupuesto no exceda los 3.000.000 de euros Las Secretarías de Comarcas, Áreas Metropolitanas, Mancomunidades de Municipios y otras Entidades Lo- cales se clasificaron en alguna de las clases señaladas en el apartado anterior, por la Comunidad Autónoma, en base a características propias. En los municipios donde exista población superior a la residente durante importantes temporadas del año o en las que concurran condiciones de centro de comarca o de localización de actividades o de acción urbanística superior a la normal u otras objetivas análogas, las CCLL podrán solicitar a la Comu- nidad Autónoma, la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría en clase distinta de la que corres- pondía.

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