Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023-2024 153 • El servicio pasa a ser de titularidad municipal y se puede gestionar de forma directa o indirecta, lo que implica que las empresas que lo quieran gestionar solo podrán hacerlo obteniendo la correspondiente concesión. • Respecto a las empresas que actuaban en el sector municipalizado en virtud de autorización administra- tiva anterior a la municipalización, esta sirve de título habilitante para la expropiación de aquellas (arts. 98 y 99 TRRL: reserva en régimen de monopolio). La efectiva ejecución de estas actividades en régimen de monopolio requiere además del acuerdo del Pleno de la Corporación local correspondiente, la aprobación del órgano competente de la Comunidad autónoma. EL SERVICIO PÚBLICO EN LAS EELL. CONCEPTO La configuración legal del servicio público local en el ordenamiento jurídico español la contiene el artículo 85 de la LRBRL: “ Son servicios públicos locales los que prestan las EELL en el ámbito de sus competencias” . Las competencias de las EELL son aquellas enumeradas en la cláusula de capacitación general que supone el artículo 25 de la LRBRL, materias en que se entiende implícito un interés local, y el listado tasado de servi- cios locales de prestación obligatoria del artículo 26 LRBRL, así como aquellas delegadas por parte de otras administraciones públicas (arts. 27 LRBRL). Desde otra vertiente, se puede afirmar que el concepto de servicio público puede ser desglosado en dos modalidades: • Servicios públicos esenciales, de manera que los particulares únicamente pueden intervenir en la gestión a título de concesionarios o delegados. • Servicios públicos no esenciales, que se prestan en concurrencia con la empresa privada, aunque sujetos a un régimen de Derecho Público. Según la STS de 24 de octubre de 1989, el servicio público esencial se puede considerar como una forma de actividad cuya titularidad ha sido reservada en virtud de una ley a la Administración para que esta la regla- mente, la dirija y la gestione, de forma directa o indirecta, y a través de la cual se preste un servicio al público de forma regular y continua. Por lo que respecta al servicio público no esencial, es aquella actividad de prestación de una administración pública, lo que implica su prestación en régimen de Derecho Público, pero en concurrencia, en el mercado, con el sector privado. Así, el artículo 85.1 de la LRBRL define como servicios públicos aquellos que prestan las EELL en el ámbito de sus competencias. Lliset Borrell analiza el servicio público y diferencia entre servicio público en sentido estricto y servicio pú- blico en sentido amplio. En cuanto al sentido estricto, para poder afirmar que una actividad local es un servicio público es necesaria la concurrencia de los siguientes elementos: • Una organización, un conjunto de medios personales, reales y financieros orientados a un fin. • La declaración formal de servicio público, es decir, que haya mediado la publicatio o la reserva de la acti- vidad en favor de la Administración pública local.
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