Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023-2024 159 a) La determinación de los máximos órganos de dirección del organismo, ya sean unipersonales o colegia- dos, así como su forma de designación b) Las funciones y competencias del organismo, con indicación de las potestades administrativas generales que éste puede ejercitar c) En el caso de la EEPPEE, los estatutos también deben determinar los órganos a los que se confiera el ejercicio de las potestades administrativas d) El patrimonio que se les asigne para el cumplimiento de sus fines y los recursos económicos que hayan de financiar el organismo e) El régimen relativo a recursos humanos, patrimonio y contratación f) El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención, control financiero y control de eficacia, que serán en todo caso, conformes con la legislación sobre las Haciendas locales y con lo dispuesto en el capítulo III del Título X LRBRL g) Los Estatutos deberán ser aprobados y publicados con carácter previo a la entrada en funcionamiento efectivo del organismo público correspondiente -Sociedad mercantil local con capital social íntegramente público. Se trata de un ente instrumental que, a diferencia del organismo autónomo, tienen una forma de personifica- ción propia del derecho mercantil, aunque su capital es íntegramente de titularidad pública. Se rigen por el ordenamiento jurídico privado salvo en aquellas materias en que les sea de aplicación la nor- mativa presupuestaria, contable, de control financiero de control de eficacia y de contratación. Solo se puede utilizar esta forma jurídica para el ejercicio de servicios públicos económicos o actividades económicas. La sociedad adoptará una de las formas previstas en el TRLSCap y en la escritura de CE constará el capital que deberá ser aportado por las AAPP o por las entidades del sector público dependientes de las misas a las que corresponda su titularidad. Respecto a sus bienes, debe decirse que aquellos de dominio público que se les adscriban para al cumpli- miento de sus fines conservan la calificación jurídica originaria, y la adscripción no implica transmisión de dominio ni desafectación; en cambio, los bienes patrimoniales se incorporan directamente al patrimonio de la sociedad. Sus órganos de administración son los siguientes: • La junta general, asumida por el pleno de la entidad. El consejo de administración, nombrado por la junta general entre personas profesionalmente cualificadas. • La gerencia, designada por la junta general. Así mismo, sin perjuicio de lo que dispone la legislación mercantil sobre la materia, la sociedad ha de tener un secretario, que puede ser el de la corporación, y al cual, entre sus funciones, corresponde extender las actas de los órganos colegiados. En todo caso, su personal no adquiere la condición de funcionario. Una vez constituida la sociedad habrá que aprobar la ordenanza fiscal reguladora de las tarifas a percibir y, si procede, de un reglamento que fije el régimen estatutario de los usuarios.

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