Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023-2024 181 NORMAS A UTILIZAR - Constitución Española - Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regu- ladora de las Haciendas Locales - Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos - Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales - Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local - Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por Orden EHA/ 4040/2004, de 23 de noviembre EL PRESUPUESTO GENERAL DE LAS EELL Concepto. En términos generales, se puede definir el presupuesto como el plan de gastos y de previsión de ingresos del Estado o del resto de entidades públicas para un determinado ejercicio económico. Para la obtención de los fines de las distintas entidades del sector público es preciso realizar una serie de gastos corrientes y de capital que han de contar, como contrapartida, con los recursos financieros que los cubran. El presupuesto es, en primer lugar, un instrumento de racionalización y organización de la actividad financiera y, en general, de la actuación económica del sector público. Destacan del presupuesto dos aspectos esenciales: su significado jurídico y la función política. En cuanto al primero, el presupuesto está sometido a reglas y criterios imperativos en su actuación: desarrolla efectos precisos relativos a la realización de los gastos públicos, que deben estar autorizados en el presupuesto, que al mismo tiempo señala sus límites. Más allá de este efecto jurídico, el presupuesto cumple una función política trascendental. El documento presupuestario, al presentar de forma unitaria el plan de actuación económica del sector público al corres- pondiente nivel (estatal, regional o local), permite emitir un juicio razonado sobre la citada actuación. El pre- supuesto es el instrumento principal de control de la acción del Gobierno del sector público. En la actualidad el presupuesto consiste en una norma que recoge la cifra máxima que la Administración está autorizada a disponer durante el ejercicio, desarrollada convenientemente en cada una de las diferentes atenciones o líneas de gasto y acompañada de la previsión de los ingresos que se espera obtener mediante la aplicación de las leyes tributarias y otras normas relativas a los ingresos públicos. Sin embargo, la eficacia jurídica del presupuesto pierde relevancia respecto a los ingresos, ya que son una mera previsión contable y explicativa de cómo se financian los gastos. Respecto a estos, en cambio, manti- ene toda su virtualidad, siendo la autorización presupuestaria de los gastos requisito jurídico indispensable para su efectiva realización.
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