Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 16 Otras características que se destacan de la misma serían: • La elección de los concejales mediante sufragio censitario y el nombramiento (Real) de los alcaldes de entre aquellos. • La limitación de las funciones municipales a las que expresamente les atribuya la Ley. • La sumisión de los municipios a una amplia tutela estatal. En los años 1924 y 1925 nacen el Estatuto municipal y el Estatuto provincial, que introducen mecanismos de garantía que desvinculan la acción municipal de la tutela del Estado. Así, el Estatuto municipal prevé: • Los acuerdos locales solo se pueden impugnar ante los tribunales de justicia. • Se fija la elección de los concejales mediante un sistema combinado de sufragio universal y sufragio cor- porativo. • El alcalde es escogido por los concejales de entre los vecinos del municipio. • Posibilidad de municipalización de servicios. • Establecimiento de impuestos municipales. • Configuración del urbanismo como competencia específica de los municipios. A su vez, el Estatuto provincial también aporta novedades importantes: • Configura la provincia como un ente local con finalidades propias y específicas: en general, las que no puedan ser atendidas por los municipios por falta de capacidad. • Sus fines son análogos a los del municipio, pero superiores en extensión, entidad y cuerpo, destacando obligaciones mínimas en materia de sanidad y beneficencia, para lo cual se dota a las provincias de im- portantes medios económicos. Con el establecimiento de la Segunda República y la CE de 1931, se configura el municipio como enti- dad básica de la organización territorial del Estado, y se proclama constitucionalmente el principio de autonomía municipal, la elección de los ayuntamientos por sufragio universal y la de los alcaldes por los concejales o directamente por los vecinos, haciéndose especial referencia al régimen del Concejo abierto. Bajo la dictadura franquista se aprueba la Ley de Bases de 1945 y la Ley de Bases de 1953, que fueron re- fundidos posteriormente por el Texto Refundido de 24 de junio de 1955. Este Texto Refundido de 1955 fue desarrollado por ocho Reglamentos, entre los que destacan el Reglamento de Servicios de 1955 y el Reglamento de Contratación de 1963, que mantuvieron su vigencia más allá del régimen franquista. Durante la dictadura vuelve a manos del Gobierno y la Administración del Estado el nombramiento y el con- trol absoluto de las instituciones y órganos de gobierno local, vaciando de contenido el principio de autono- mía municipal y con una fuerte intervención estatal en las competencias municipales. Asimismo, se retorna a un sistema rígido de tutela de los actos de las corporaciones locales: autorizaciones previas, aprobaciones, informes vinculantes...). Una especialidad dentro del uniformismo de aquel período fue la promulgación de la Ley de 23 de mayo de 1960 para la ciudad de Barcelona y la Ley de 11 de julio de 1963 para la ciudad de Madrid. Cuando la dictadura ya llegaba a su fin, se promulgó la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, por la que se apro- baban las Bases del Estatuto del Régimen Local. No obstante, la Ley para la Reforma Política de 1977 y el proceso constituyente la derogaron. Finalmente, la CE de 1978, la Ley 41/1981, del Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y las senten-

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