Temari de proves selectives 2023-2024
Temari de proves selectives 2023- 2024 242 OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, DE DEUDA PÚBLICA Y DE LA REGLA DE GASTO PARA LAS CORPORACIONES LOCALES: ESTABLECIMIENTO Y CONSECUENCIAS ASOCIADAS A SU INCUMPLIMIENTO Son objetivos de la LOEPSF: 1. Garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. 2. Fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española. 3. Reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria. El establecimiento de reglas fiscales por parte del Estado-normas legales que restringen el gasto, el déficit o la deuda públicos- contribuye a lograr una mayor eficiencia en el gasto, y a favorecer la estabilidad macro- económica reduciendo la inflación, los tipos de interés y aumentando el ahorro nacional, lo que redunda en un mayor crecimiento económico. Al mismo tiempo, sobrevienen unos costes en términos de pérdida de margen de actuación de la política presupuestaria como mecanismo estabilizador del ciclo económico y, también, como herramienta especi- almente útil, en un contexto de unión económica y monetaria, de lucha contra los efectos de potenciales perturbaciones asimétricas, es decir, aquéllas que, dentro de una zona monetaria única, afectan solamente a un área determinada. Asimismo, exige, en muchos casos, sacrificar, en cierta medida, la inversión pública y elimina la tradicional relación positiva entre déficit público y crecimiento, al menos, en el corto plazo. No obstante, una gran parte de los teóricos y de la evidencia empírica reciente parecen confirmar que existe un saldo final positivo en la aplicación de reglas fiscales, esto es, que los beneficios superan a los costes; si bien, también es cierto que la existencia de reglas no es condición necesaria ni suficiente para asegurar el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Podemos encontrar en la realidad tanto países que, contando con reglas fiscales consolidadas, han acumulado niveles de deuda muy ele- vados, como otros que, sin haberse dotado de ningún mecanismo legal, mantienen sus finanzas públicas en posiciones saneadas. La estabilidad presupuestaria consistiría, por tanto, en un conjunto de reglas fiscales que limiten el déficit público y propicien un escenario estable y predecible de gasto público en un horizonte de medio plazo. Establecimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria Conforme a lo establecido en el art. 15 de la LOEPSF, en el primer semestre de cada año, el Gobierno, medi- ante acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Hacienda y previo informe del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CCAA y de la Comisión Nacional de AL en cuanto al ámbito de las mismas, fijará los objetivos de estabilidad presupuestaria, en términos de capacidad o necesidad de financiación de acuerdo con definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, y el objetivo de deuda pública referidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de Administraciones Públi- cas como para cada uno de sus subsectores. Dichos objetivos estarán expresados en términos porcentuales del Producto Interior Bruto nacional nominal. A los efectos previstos en el párrafo anterior, antes del 1 de abril de cada año el Ministerio de Hacienda re- mitirá las respectivas propuestas de objetivos al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CCAA y a la Comisión Nacional de AL, que deberán emitir sus informes en un plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha de recepción de las propuestas en la secretaria general del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CCAA y en la secretaría de la Comisión Nacional de AL. Para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto, y el saldo estructural alcanzado en el ejercicio inmediato anterior.
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