Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 38 Impugnación de las ordenanzas fiscales. Contra los acuerdos de aprobación de las ordenanzas fiscales, al ser disposiciones de carácter general, solo se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia autonómico que corresponda, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro de la ordenanza. Ello sin perjuicio de que se quiera impugnar indirectamente la ordenanza con la interposición de recurso de reposición en vía administrativa, contra alguno de los actos de aplicación de la ordenanza, basándose en la ilegalidad de esta. EL REGLAMENTO ORGÁNICO El artículo 4.1.a de la LRBRL atribuyen a los municipios, las provincias y las islas la potestad reglamentaria y de autoorganización, y corresponde a los legisladores estatal y autonómico determinar qué competencias corresponden a los entes locales, con la delimitación material y funcional de sus contenidos gestores para que dentro de estos límites puedan dictar ordenanzas y reglamentos. La manera en que las EELL, y concretamente los municipios, manifiestan su potestad de organización son los reglamentos orgánicos municipales, cuya aprobación corresponde al pleno (art. 22.2.d de la LRBRL) por mayoría absoluta. Entrando en su análisis, hay que decir que los Reglamentos orgánicos municipales (ROM) no son un instru- mento de aprobación obligatorio del municipio, sino potestativo, que viene a adaptar su organización a sus necesidades sin contravenir la LRBRL. Respecto al ámbito material, el ROM puede regular: • El régimen organizativo del ayuntamiento, que alcanza: o La estructura de la organización: establece cuáles son los órganos de gobierno y cuáles son comple- mentarios. o Los órganos de gobierno municipal y su funcionamiento (alcalde, pleno, junta de gobierno y, si procede, tenientes de alcalde y concejales delegados) y los órganos complementarios (comisiones informativas, en su caso; la comisión especial de cuentas, y la comisión especial de sugerencias y reclamaciones, si procede). o Los grupos municipales. o Portavoces de los grupos municipales y junta de portavoces. • El estatuto de los miembros de la corporación: o Derechos y deberes de los concejales. o Dedicación y derechos económicos. o Incompatibilidades. o Información y participación de los concejales en el gobierno municipal. • Procedimientos de información y participación ciudadana: o Derecho a la información y participación ciudadana. o Acceso a los archivos y registros. o Participación de los ciudadanos en los órganos municipales, individualmente o a través de asociaciones.

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