Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023-2024 85 NORMAS A UTILIZAR - Constitución española - Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del estatuto de autonomía de las illes balears - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local - Ley 31/2010, de 3 de agosto, del área metropolitana de barcelona - Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de socieda- des de capital - decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el reglamento de servicios de las corporaciones lo- cales LA PROVINCIA COMO ENTIDAD LOCAL La provincia surge en el primer tercio del siglo XIX (1833) como división del territorio del Estado para la pres- tación de sus servicios. Posteriormente se le añadirá el carácter de ente local, con un vínculo muy fuerte con el poder estatal, y ejercerá a menudo funciones de tutela sobre los municipios. Actualmente, la naturaleza de la provincia es doble: de una parte, es la división territorial para la prestación de servicios estatales; de otra, es un ente local con personalidad jurídica propia para la satisfacción de intereses provinciales, además de constituir la circunscripción electoral básica en las elecciones generales del Estado. En este sentido se pronuncia el artículo 141 CE, que dice que la provincia es una entidad local con persona- lidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios, y también una división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado, cuyo gobierno y administración encomienda a las diputaciones u otras corporaciones de carácter representativo. Asimismo, el artículo 3 —en relación con el artículo 1— de la LRBRL, la configura como una entidad local territorial que goza de autonomía para la gestión de sus intereses, conforme al art. 137 CE. En todo caso, las provincias, en su condición de entidad local: • Gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. • Son la circunscripción para la elección de diputados y senadores. • Están configuradas como una entidad local territorial, lo que les permite gozar de prerrogativas propias, como las potestades reglamentaria, tributaria, expropiatoria, etc. • Su gobierno y administración están encomendados a diputaciones u otras corporaciones de carácter representativo.

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