Temari de proves selectives 2023-2024

Temari de proves selectives 2023- 2024 90 Sistema de cooperación En esta modalidad los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria y gratuita y la Administración actu- ante ejecuta las obras de urbanización con cargo a estos propietarios. Para poder colaborar en la ejecución de las obras de urbanización se podrán constituir asociaciones administrativas de cooperación, que son entidades urbanísticas colaboradoras que se habrán de constituir en documento público y adquieren su per- sonalidad jurídica al inscribirse en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras. La iniciativa la tienen los propietarios de fincas cuya superficie represente más del 50% de la superficie total, o bien la asociación administrativa de cooperación, o bien la Administración actuante, que en la práctica es lo más habitual. Las condiciones que aconsejan su utilización son que haya muchos propietarios, que estos no tengan una voluntad de desarrollar el sector o no se pongan de acuerdo y, en cambio, la Administración sí que tenga inte- rés en desarrollar el sector, y además tenga —la Administración— capacidad de gestión y de endeudamien- to. Es necesario, finalmente, que la complejidad técnica urbanística del polígono de actuación determinado o del sector aconsejen esta modalidad. Es la modalidad con más predominio del sector público y menos grado de participación de los particulares, ya que habitualmente quien insta esta modalidad suele ser la Administración actuante, que también es quien ejecuta las obras de urbanización. Sistema de expropiación Por lo general, la expropiación forzosa por razón de urbanismo sea adoptará para el cumplimiento de alguna de estas finalidades: - para la ejecución de los sistemas generales o de alguno de sus elementos o para llevar a efecto actuacio- nes aisladas en suelo urbano. - para la urbanización de polígonos o unidades de actuación completos mediante la aplicación del sistema de asociación para la ejecución del plan de que se trate. El procedimiento expropiatorio, regulado en los artículos 199 y siguientes del RGU, según los cuales la ejecu- ción del plan por el sistema de asociación en un polígono o unidad de actuación determinado requerirá que la administración actuante, además de proceder la delimitación de su ámbito territorial, formule conforme a lo previsto en la legislación de expropiación forzosa una relación de los propietarios existentes en dicho ámbito con la descripción de los bienes y derechos afectados, dicho acuerdo será sometido a información pública por el plazo de 15 días. A la vista de las alegaciones formuladas por los interesados y previas las comprobaciones pertinentes, se resolverá sobre la aprobación definitiva de la delimitación. Dicho sistema puede optarse entre las operaciones individual para cada finca o aplicar el procedimiento de tasación conjunta. Si el órgano urbanístico opta por el procedimiento de tasación conjunta, la administración expropiante forma- rá el expediente desocupación y seguirá el procedimiento regulado en los artículos 202 a 204 RGU. Llegado el momento del pago del justiprecio, será efectivo o bien antes la imposibilidad de hacerse efectivo se consignará en la Caja general de depósitos. Una vez efectuado el pago o su consignación, se podrá levantar una o más actas de ocupación e inscribir como una o varias fincas registrales la totalidad o parte de la superficie objeto de su actuación sin que sea necesaria la previa inscripción de todas y cada una de las fincas expropiadas

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